viernes, 28 de marzo de 2014

PARO MINERO EN SUSPENSION


ACTA DE ACUERDOS ENTRE LOS MINEROS DE PUNO Y EL GOBIERNO
RADIO JULIACA LA DECANA27/03/2014   
 
Siendo las 15:00 horas del día miércoles 26 de marzo se inicia la reunión con representantes de las organizaciones de pequeños mineros en proceso de formalización de la región Puno se reunieron el Presidente del Consejo de Ministros, señor René Cornejo Díaz, el Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, señor Guillermo Shinno Huamani, el Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, señor Mariano Castro Sánchez-Moreno, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, señor Luis Jaime Castillo Butters, el Alto Comisionado en Asuntos de Formalización, Interdicción, de la minería ilegal y Remediación Ambiental, señor Daniel Urresti Elera y los(as) firmantes en la Presente Acta de la reunión que concluyó a las 02:45 horas del día jueves 27 de marzo de 2014.
1. Los pequeños mineros y mineros artesanales en proceso de formalización de Puno reafirman su compromiso de realizar sus actividades de manera legal, responsable, cuidadosa con el medio ambiente y el patrimonio cultural, efectuando las contribuciones tributarias. Asimismo, deslindamos con la minería ilegal que se desarrolla en zonas prohibidas y que genere otros delitos como corrupción, tala ilegal, trabajo infantil, lavado de activos y trata de personas, entre otras a nivel nacional.
2. El D.S. N° 032-2013-EM dispone de manera expresa que la formalización de la pequeña minería y minería artesanal se consolida y atiende de manera integral en una etapa de saneamiento de esta actividad. La estrategia de saneamiento contiene metas sobre aspectos tales como: superposición de operaciones mineras con concesiones mineras y concesiones forestales maderables y no maderables, examinar y proponer alternativas sobre la problemática relacionada con los contratos de explotación, utilización de métodos adecuados para la recuperación del mercurio, revisión de la regulación sobre comercialización de oro y otros minerales con la finalidad de considerar el conjunto de la problemática de la pequeña minería y minería artesanal, programas relacionados con la atención de necesidades sociales de la población relacionada con la minería de pequeña escala, acciones de capacitación y difusión en las materias que se requiera para fortalecer la formalización de la actividad minera, entre otras que se orienten a asegurar y facilitar la formalización de los sujetos en proceso de formalización. La estrategia de saneamiento será presentada el 31 de marzo en coordinación con los que suscriben la presente acta y publicada conforme a Ley.
3. La estrategia de saneamiento contiene metas sobre aspectos tales como: a) que el Estado facilitará mecanismos de diálogo con los titulares de concesiones mineras a fin de facilitar la suscripción de los contratos de explotación minera, de acuerdo con la ley y en condiciones justas; b) que el Estado generará alternativas de solución sobre la problemática relacionada con los contratos de explotación; c) que el Estado, a través de los niveles correspondientes, efectivice su rol de fiscalización de las concesiones mineras de pequeña minería y minería artesanal; d) Que el Estado promoverá la utilización de métodos adecuados para el manejo de mercurio; e) Que se promoverán tecnologías alternativas para la recuperación del oro, que sean viables desde el punto de vista ambiental técnico, social y económico.
4. Durante la etapa de saneamiento el Estado sumará todos los esfuerzos para que los mineros en proceso de formalización que se encuentren en el Registro 2 Nacional de Declaraciones de Compromisos vigente cuenten con mecanismos que les faciliten el cumplimiento de los compromisos exigidos por las normas legales relacionadas con la etapa de saneamiento. Se reitera la necesidad de la participación de los Gobiernos Regionales en las negociaciones con los titulares de las áreas superficiales. Hacer un llamado al Gobierno Regional para que la entrega de las concesiones se realice en estricto cumplimiento del marco legal vigente. Se promoverán mesas técnicas regionales y de capacitación con la participación de los mineros artesanales, y el Gobierno Regional evaluará la factibilidad de la creación de parques industriales mineros.
5. Que, las acciones de la etapa de saneamiento derivadas de la estrategia a que se refiere el punto 2 se iniciarán, luego de 120 días de declarado concluido el proceso de formalización, con aquellos mineros que al 19 de abril hayan contado con la Declaración de Compromisos vigente y los requisitos relacionados con la estrategia de saneamiento que se presentará el 31 de marzo.
 6. Precisamos que las acciones de interdicción se aplicarán única y exclusivamente a los operadores mineros ilegales, de acuerdo con el marco normativo vigente. No se aplicarán a los mineros que se encuentren en proceso de formalización que concluye el 19 de abril de 2014 y pasen a la etapa de saneamiento que se inicia el 20 de abril de 2014, para ello los responsables de dichas acciones verificarán que no se vulneren los derechos de aquellos que actuando en el marco de la ley se encuentren considerados en dicho proceso. Asimismo, no se interdictarán los equipos y maquinaria apropiadas para la actividad de explotación y beneficio de la pequeña minería y minería artesanal que se encuentren en lugares y condiciones permitidas conforme a Ley.
 7. Que, en cumplimiento del mandato legal vigente para la aplicación de reglas claras de comercialización, Activos Mineros S.A.C., en un plazo de 30 días como máximo suscribirá convenios con empresas especializadas y se iniciarán las operaciones de compra y la comercialización de minerales metálicos así como el oro en bruto (metálico) en sus variedades: oro refogado, charpa, laminado, etc. conforme establece el Decreto Supremo N° 012-2012-EM. El requisito para la comercialización de oro y otros minerales es que se encuentren incluidos en el proceso de formalización o durante el plazo considerado en la etapa de saneamiento.  El protocolo de comercialización de Activos Mineros S.A.C. para la compra y venta del oro deberá asegurar condiciones justas y de acuerdo a estándares internacionales a fin de garantizar los derechos de las partes.
El Ministerio de Energía y Minas reforzará las acciones de difusión en la región Puno sobre la relación de empresas inscritas en el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro, con la finalidad de que los pequeños mineros y mineros artesanales puedan resolver sus actuales
problemas de comercialización, sin perjuicio del inicio de implementación de las acciones de Activos Mineros S.A.C. previstas en este numeral. 3
 8. Que se examine la situación de quienes realizan manualmente la recolección y selección de mineral utilizando herramientas artesanales, con la finalidad de identificar el régimen de comercialización y registrarlas de acuerdo con lo que se establezca en la estrategia de saneamiento.
9. Que, a partir del 20 de abril de 2014 se implementará progresivamente la estrategia de saneamiento que comprende las etapas del proceso de formalización que serán atendidas integralmente, de acuerdo con las metas anuales y teniendo como objetivo el año 2016, según lo establecido en el DS N° 032-2013-EM.
10. Que el Ministerio de Cultura gestionará la modificatoria del Decreto Supremo N° 003-2013-MC precisando las condiciones para la obtención del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA).
11. Por su parte, los representantes de las diferentes asociaciones mineras se comprometen a levantar el paro que vienen llevando a cabo inmediatamente firmada la presente acta y retornar a sus labores cotidianas.

Lima 27 de marzo de 2014

René Cornejo Díaz, Presidente del Consejo de Ministros. Guillermo Shinno Huamaní, Viceministro de Minas, Ministerio de Energía y Minas. Mariano Castro Sánchez-Moreno, Viceministro de Gestión Ambiental, Ministerio del Ambiente. Luis Jaime Castillo Butters, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Ministerio de Cultura. Daniel Urresti Elera, Alto Comisionado en Asuntos de Formalización de la Minería, Interdicción de la Minería Ilegal y Remediación Ambiental de la Presidencia del Consejo de Ministros.
 
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