jueves, 22 de mayo de 2008

DECRETO LEGISLATIVO 994 ATENTA CONTRA EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LAS COMUNIDADES

Enviado por Ser el 31/3/2008
El día 13 de marzo el gobierno nacional emitió el Decreto Legislativo 994, por medio del cual se busca promover la inversión privada en proyectos de irrigación. Dicha norma, sin embargo, afecta el derecho constitucional a la propiedad de las comunidades campesinas.

Frente a ello, el Grupo ALLPA, que reúne a organizaciones nacionales campesinas e instituciones civiles, expresa su preocupación por la aprobación del mencionado decreto, así como por el escenario que se ha creado frente a la supuesta condición ociosa de las tierras de las comunidades, obviándose el hecho de que la disponibilidad de las mismas es sumamente reducida.

En ese sentido, hacemos de conocimiento público lo siguiente:

1.- En el Perú existen seis mil comunidades campesinas que aprovechan más del 40% de la superficie agropecuaria y albergan a una parte importante de la población rural, entre la que se encuentra la más pobre del país. Asimismo, las comunidades campesinas además de haber construido caminos, escuelas, canales de irrigación y otras obras que con esfuerzo siguen manteniendo; aportan una parte importante de los alimentos que se consumen en las ciudades.Actualmente la situación de las comunidades campesinas es muy precaria y su presencia casi invisible. Estuvieron ausentes en las propuestas durante la campaña electoral de 2006 y no aparecen en los actuales planes oficiales de gobierno. Apenas se las menciona en la Estrategia Nacional de Desarrollo Rural y no se las toma en cuenta en el publicitado Programa Sierra Exportadora.

2.- En ese contexto, el Decreto Legislativo 994 es insconstitucional porque desconoce el derecho de propiedad, consagrado en el artículo 70 de la Carta Magna. En efecto, al precisar cuáles son las tierras eriazas que el Estado entregará a los particulares, comete el exceso de considerar de propiedad del Estado todas las tierras eriazas con aptitud agrícola, salvo que estén tituladas, sea en forma individual o comunal y que ese título esté inscrito en Registros Públicos. Esa última exigencia, que fue muy criticada al momento de aprobarse el Reglamento de la Ley de Tierras, plantea condiciones muy difíciles de cumplir para las comunidades campesinas y nativas, tal como lo reconoció el mismo Ministerio de Agricultura a fines de 2007, al señalar que mil cien comunidades campesinas carecían de título de propiedad (Resolución Ministerial Nº 378-2007-AG).Este nuevo Decreto contraviene la obligación constitucional contenida en los artículos 70, 88 y 89 de nuestra Carta Magna, así como las normas de la Ley General de Comunidades Campesinas, la Ley de Deslinde y Titulación del Territorio Comunal, la Ley de Comunidades y de Desarrollo de la Selva y Ceja de Selva, lo mismo que del Convenio 169 de la OIT (ratificado por el Perú), al desconocer el derecho de las comunidades sobre sus tierras, vulnerándose también los preceptos del Código Civil, pues en el Perú la inscripción de la propiedad en los Registros Públicos no es obligatoria sino tan sólo facultativa.

3.- Las principales afectadas con el Decreto Legislativo 994 pueden ser las comunidades campesinas, en especial las ubicadas en la costa, que son titulares de enormes extensiones desérticas, que se mantienen así por falta de recursos y de apoyo estatal. En algunos casos, esas comunidades pagaron a la Corona española por sus tierras y en otros casos al Estado Peruano, por lo que una norma como el DL 994, plantea en la práctica una confiscación, lo que resulta inconstitucional.

4.- El artículo 4 del Decreto Legislativo 994 menciona que los proyectos de irrigación aprovecharán aguas de libre disponibilidad, lo que será determinado por la autoridad competente. Preocupa por ello, que ante la falta de información, se otorgue licencia para uso de agua afectando a comunidades que no podrán seguir desarrollando sus prácticas ancestrales, al disminuir la disponibilidad de agua; y tampoco podrán defenderse ya que no cuentan con licencia. Tampoco el Decreto Legislativo comentado toma en cuenta las tensiones existentes entre gobiernos regionales por el uso del agua, tal como ocurre en los casos de La Libertad, Ancash, Ica y Huancavelica.

5.- Cabe indicar que esta actitud del gobierno es reiterada ya que desde fines de 2007 se vienen impulsando distintos proyectos de ley que afectan de una u otra forma a las comunidades campesinas y nativas. Así, se encuentra en trámite en el Congreso de la República, el proyecto que propone establecer un régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales, comunidades campesinas y nativas (proyecto 1770/2007-PE); el que declara de interés público la titulación, registro y rectificación de predios rurales, comunidades campesinas y nativas (proyecto 1900/2007-CR); y el que busca facilitar la adjudicación de tierras comunales a los comuneros y su venta a terceros (proyecto 1992/2007-PE).

En tal sentido, demandamos al gobierno nacional y al Congreso de la República que realicen una cuidadosa revisión de la constitucionalidad del Decreto Legislativo 994, y presten mayor atención a la situación de las comunidades campesinas de nuestro país. La promoción de la inversión en el país es necesaria, pero debe hacerse en un marco pleno de respeto de los derechos de todos los peruanos y peruanas.

Lima, 28 de marzo del 2008.

Grupo ALLPA – Comunidades y Desarrollo

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